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Sumar cuela una enmienda sobre la ‘ley de nietos’ que los letrados ven incongruente

Sumar cuela una enmienda sobre la 'ley de nietos' que los letrados ven incongruente
The Objective
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El informe jurídico advierte de que la enmienda 63 no tiene conexión material con el proyecto de ley educativa y la Mesa de la Comisión de Educación decide el miércoles sobre su admisión

La enmienda registrada por Sumar para validar la instrucción de Sofía Puente sobre la ‘ley de nietos’ no tiene encaje en el proyecto de ley de Educación al que se presentó. Así lo concluye el informe de los letrados de la Comisión de Educación, que califica la enmienda 63 de «incongruente» con el «contenido y la finalidad del proyecto de ley que se pretende enmendar», según el documento al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE. La formación que lidera Yolanda Díaz presentó esta enmienda al proyecto que modifica la Ley Orgánica de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria.

El origen de la maniobra está en la instrucción de Puente, que según el texto fuente iba más allá de lo aprobado por el Congreso en la Ley de Memoria Democrática. Para corregir esa situación, Sumar optó por introducir un cambio en una norma educativa, un vehículo legislativo que los letrados consideran ajeno al contenido de la enmienda. El informe sostiene que la enmienda 63 no tiene «el mínimo punto de conexión material que permita plantear alguna duda sobre la falta de homogeneidad entre el objeto del proyecto de ley y la literalidad y finalidad de la enmienda 63».

El aviso del Constitucional sobre enmiendas sin conexión

Los letrados apoyan su conclusión en la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la relación entre enmiendas e iniciativas legislativas. Esa conexión material, recuerdan, deriva del carácter subsidiario que toda enmienda debe tener respecto al texto que se enmienda. El informe cita una sentencia del Constitucional que ha fijado ese criterio. Y advierte de una consecuencia jurídica si no se respeta: «en el caso de no respetarse esta necesidad de congruencia, podríamos estar ante una situación de vulneración del derecho reconocido en el artículo 23 de la Constitución, en su vertiente del derecho a la participación de los parlamentarios en el procedimiento legislativo».

El artículo 23 de la Constitución regula el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos y a acceder a cargos representativos. En su vertiente parlamentaria, ampara la intervención de los diputados en la tramitación legislativa. El informe conecta esa garantía con la exigencia de que las enmiendas guarden relación con la ley que modifican. Si la Mesa admite una enmienda sin esa conexión, según los juristas, se abre la puerta a una posible vulneración de ese derecho.

La Mesa de Educación decide el miércoles

El informe deja la decisión en manos de la Mesa de la Comisión de Educación, que se reúne el miércoles. Los letrados señalan que la falta de congruencia «debe de ser ponderada y valorada por el órgano competente a la hora de decidir la admisión a trámite de las enmiendas». Es decir, la Mesa del Congreso debe tomar en cuenta ese elemento de valoración al decidir si admite o no una enmienda que carezca de congruencia con la iniciativa legislativa. La última palabra, por tanto, no es de los letrados, sino del órgano de gobierno de la Comisión.

La enmienda 63 se presentó al proyecto de ley que modifica la Ley Orgánica de mejora de las condiciones para el desempeño de la docencia y la enseñanza en el ámbito de la educación no universitaria. Se trata de una norma que regula las condiciones laborales y profesionales del profesorado no universitario. La enmienda de Sumar, en cambio, aborda la instrucción de Puente sobre la ‘ley de nietos’, una materia vinculada a la memoria democrática y a la nacionalidad. Esa diferencia de objeto es la que los letrados señalan como falta de homogeneidad.

El informe recuerda que la exigencia de conexión material entre enmienda e iniciativa legislativa no es un formalismo. Deriva del carácter subsidiario de toda enmienda respecto al texto enmendado. La enmienda debe modificar o completar la ley que se tramita, no introducir materias ajenas. Cuando esa relación no existe, el órgano de gobierno de la Cámara puede rechazar la enmienda antes de que llegue al debate parlamentario.

El precedente de la instrucción de Puente

La instrucción de Sofía Puente sobre la ‘ley de nietos’ es el detonante de la enmienda. Según el texto fuente, esa instrucción iba más allá de lo aprobado por el Congreso en la Ley de Memoria Democrática. Sumar registró la enmienda tras descubrir ese exceso. La ‘ley de nietos’ es la norma que permite a descendientes de españoles acceder a la nacionalidad. La instrucción de Puente afectaba a su aplicación. Al considerar que la instrucción excedía el mandato legal, Sumar buscó corregirla por vía legislativa.

El problema es el vehículo elegido. En lugar de presentar una iniciativa específica sobre memoria democrática o nacionalidad, Sumar introdujo la enmienda en un proyecto de ley educativa que ya estaba en tramitación. Los letrados de la Comisión de Educación examinaron esa enmienda y concluyeron que no guarda relación con el objeto de la ley. El informe subraya que la enmienda 63 carece del mínimo punto de conexión material con el proyecto. Por eso la califica de incongruente.

La decisión de la Mesa de la Comisión de Educación el miércoles determinará si la enmienda sigue adelante o se rechaza. Si se admite a trámite, la enmienda pasará al debate parlamentario. Si se rechaza, Sumar tendrá que buscar otra vía para corregir la instrucción de Puente. El informe de los letrados no es vinculante, pero marca el criterio jurídico que la Mesa debe valorar. La reunión de el miércoles se produce en el marco de la tramitación del proyecto de ley educativa, que sigue su curso en el Congreso.

La enmienda 63 se registró después de que se conociera que la instrucción de Puente excedía lo aprobado por el Congreso. Ese exceso es el que Sumar pretende corregir. La formación de Yolanda Díaz presentó la enmienda al proyecto de ley educativa, pero los letrados consideran que ese no es el lugar adecuado. El informe recuerda la doctrina del Constitucional sobre la conexión material entre enmiendas e iniciativas legislativas. Esa doctrina exige que toda enmienda tenga carácter subsidiario respecto al texto enmendado. Si no se respeta, según los juristas, se podría vulnerar el artículo 23 de la Constitución en su vertiente de participación de los parlamentarios en el procedimiento legislativo.

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