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Vie. Sep 11th, 2026

El Supremo suspende la ley de nietos y frena las altas en el CERA

El Supremo suspende la ley de nietos y frena las altas en el CERA
El Debate
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La Sala de lo Contencioso acepta las cautelares de Vox e Iustitia Europa y obliga a los consulados a acreditar cada nacionalización conforme a la ley

El Tribunal Supremo ha suspendido los efectos de la ley de nietos y ha paralizado los registros en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). La Sala de lo Contencioso-Administrativo aceptó las medidas cautelares solicitadas por Vox y por Iustitia Europa, lo que anula todos los trámites inscritos al amparo de la instrucción elaborada por Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente.

La decisión judicial llega después de que el caso acabara en la Junta Electoral Central (JEC) por las altas masivas en el censo exterior que, según los demandantes, podrían alterar el resultado de unas elecciones generales. Vox e Iustitia Europa acudieron al Supremo tras una resolución de la JEC del pasado 16 de julio en la que el órgano electoral señalaba que no podía aceptar la inadmisión del voto por correo del exterior porque esa decisión «excedía de sus competencias». Con la suspensión acordada ahora, los consulados tendrán que acreditar que las nacionalizaciones se realizan conforme a los requisitos de la ley y no de la instrucción, un paso previo obligatorio para poder inscribirse en el CERA.

El origen del conflicto está en la instrucción que, según las denuncias, extendió la aplicación de la norma mucho más allá del exilio político aprobado por las Cortes Generales. La ley de nietos se enmarca dentro de la Ley de Memoria Democrática impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez, y el censo electoral podría haberse ampliado en hasta 2,4 millones de personas con las inscripciones realizadas al amparo de ese procedimiento. A finales de julio, un juzgado abrió diligencias contra Sofía Puente por un posible delito de prevaricación relacionado con la aplicación de la ley.

La instrucción de Sofía Puente y el rastro de las solicitudes

La instrucción firmada por Sofía Puente es la pieza que conecta la norma con el volumen de solicitudes. Según las informaciones publicadas, ese texto habría ampliado los supuestos de acceso a la nacionalización más allá de lo que fijaron las Cortes, de modo que el trámite dejaba de estar limitado al exilio político y alcanzaba a descendientes de emigrantes por motivos económicos o de cualquier otra índole. Esa ampliación es la que explica que el censo exterior haya crecido en un volumen que los demandantes consideran incompatible con el control que exige la normativa electoral.

El detalle de las solicitudes refuerza esa lectura. Una de cada siete peticiones de nacionalización por la ley de nietos procede de Cuba, según una investigación firmada por Isabel Durán, que cifró en más de 350.000 los cubanos que han iniciado el trámite. La particularidad de ese caso es que los documentos que acompañan las solicitudes los certifica una empresa estatal de la dictadura cubana, lo que dificulta la verificación de su autenticidad. A ello se suma que varios archivos de la Iglesia revelan que la comprobación de las partidas con las que se concede la nacionalización es casi inexistente, un vacío que la instrucción de Puente habría aprovechado para acelerar las inscripciones.

El precedente de la JEC y el calendario electoral

La Junta Electoral Central ya había intentado cerrar la vía del voto exterior cuando se planteó la inadmisión de los sufragios por correo, pero su resolución del 16 de julio dejó claro que ese paso no entraba dentro de sus competencias. Ese pronunciamiento es el que empujó a Vox y a Iustitia Europa a buscar amparo en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, que ahora ha optado por suspender la normativa mientras se resuelve el fondo del asunto. La consecuencia práctica es que ninguna de las inscripciones realizadas bajo la instrucción de Puente puede considerarse válida a efectos electorales hasta que los consulados acrediten el cumplimiento estricto de la ley.

El calendario juega en contra de quienes defendían la continuidad del procedimiento. El CERA es el censo que determina quién puede votar desde el extranjero en las elecciones generales, y cualquier alta o baja en ese registro afecta directamente al reparto de escaños en circunscripciones donde el voto exterior tiene peso. La suspensión obliga a revisar expediente por expediente en los consulados, un trámite que ralentiza las inscripciones y que deja en el aire la situación de quienes ya habían completado el proceso.

Un frente judicial que no se cierra

La decisión del Supremo no agota el conflicto. Las diligencias abiertas contra Sofía Puente por prevaricación siguen su curso en el juzgado, y el fondo del asunto —la legalidad de la instrucción y su encaje en la Ley de Memoria Democrática— tendrá que resolverse más adelante. El Supremo ha actuado de forma cautelar, lo que significa que la suspensión se mantiene mientras se sustancia el procedimiento principal, pero no prejuzga el resultado final.

El caso también deja al descubierto la disputa entre el Ejecutivo y los órganos de control electoral. La JEC se declaró incompetente para inadmitir el voto exterior, el Supremo ha suspendido la norma y los consulados quedan ahora como la única instancia que puede validar cada nacionalización. Para Vox y para Iustitia Europa, el objetivo era precisamente ese: frenar unas altas que consideran capaces de alterar el censo antes de una cita con las urnas. El Gobierno, por su parte, defiende que la ley de nietos desarrolla un mandato aprobado en las Cortes y que la instrucción se limita a aplicarlo.

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