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Vie. Sep 11th, 2026

El Supremo admite el recurso de Hazte Oír contra el CERA por falta de trazabilidad

El Supremo admite el recurso de Hazte Oír contra el CERA por falta de trazabilidad
Wikimedia Commons (Ignacio Arsuaga)
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El Tribunal exige a la Junta Electoral Central el expediente completo en cinco días y abre una pieza para medidas cautelares

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso presentado por Hazte Oír contra la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) sobre la falta de trazabilidad del Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA), vinculado a la aplicación de la Ley de Nietos. La decisión del Alto Tribunal, adoptada este 2 de septiembre de 2026, obliga a la JEC a remitir el expediente administrativo completo del asunto en un plazo máximo de cinco días.

La Sala ha ordenado la tramitación del caso mediante el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, tal como recoge el auto notificado. Además, ha abierto una pieza separada para evaluar la necesidad de aplicar medidas cautelares solicitadas por Hazte Oír. Estas medidas incluyen la suspensión de los efectos jurídicos de las solicitudes de nacionalización de descendientes de españoles que se están procesando, entre ellas el pleno derecho a voto que adquieren los interesados una vez confirmada su condición.

El recurso de Hazte Oír cuestiona la instrucción dictada por la exdirectora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente. Dicha instrucción amplió la aplicación de la Ley de Nietos tras su aprobación parlamentaria, sin pasar por un nuevo debate en las Cortes. La entidad denuncia que esta modificación se realizó «al margen del Parlamento» y reclama una investigación exhaustiva sobre el CERA.

En su impugnación, Hazte Oír exige una revisión completa y desagregada de las altas, bajas y variaciones del censo, así como la auditoría de posibles alteraciones significativas y no justificadas. También solicita la comprobación de que la adscripción municipal de los nuevos electores se haya realizado con criterios legales, homogéneos y documentados. Para garantizar la transparencia, la organización pide preservar expedientes, registros y metadatos, revisar el uso de categorías ambiguas como «otros motivos» y evitar que el cierre de un futuro censo electoral consolide situaciones imposibles de corregir.

Javier María Pérez-Roldán, letrado y secretario de Hazte Oír, ha declarado que «si la propia Junta Electoral Central reconoce que los datos disponibles no permiten alcanzar una conclusión clara, su obligación no es mirar hacia otro lado: debe investigar, revisar y garantizar que cada inscripción sea legal, trazable y correctamente adscrita».

La entidad también ha logrado que se abran diligencias penales contra Sofía Puente como máxima responsable de la modificación legal de la Ley de Nietos. Según Pérez-Roldán, «no pedimos borrar indiscriminadamente a ningún elector ni cuestionamos en bloque la nacionalidad de nadie. Exigimos algo mucho más básico: que nadie pueda alterar el mapa electoral de España mediante expedientes opacos, criterios distintos según el consulado o adscripciones municipales sin soporte documental».

El procedimiento especial y las medidas cautelares solicitadas

El Tribunal Supremo ha activado el procedimiento especial para la protección de los derechos fundamentales, un mecanismo que permite agilizar la resolución de conflictos que afectan a garantías constitucionales. En este caso, el alto tribunal ha dado un plazo de cinco días a la Junta Electoral Central para que remita el expediente administrativo completo, lo que incluye toda la documentación relacionada con la gestión del CERA y las modificaciones introducidas por la instrucción de Sofía Puente.

Paralelamente, la Sala ha abierto una pieza separada para analizar la solicitud de medidas cautelares presentada por Hazte Oír. Estas medidas buscan suspender temporalmente los efectos jurídicos de las solicitudes de nacionalización en trámite, incluyendo el derecho a voto de los nuevos electores. El tribunal ha concedido otros cinco días a las partes personadas en el procedimiento para que presenten sus alegaciones sobre esta cuestión.

La admisión del recurso y la apertura de esta pieza cautelar reflejan la gravedad de las alegaciones presentadas. La falta de trazabilidad en el CERA podría afectar a la integridad del proceso electoral, especialmente en convocatorias futuras donde el censo ya esté cerrado. La suspensión de los efectos jurídicos, de ser concedida, evitaría que se consolidaran situaciones irregulares que luego serían difíciles de revertir.

La Ley de Nietos y su ampliación mediante instrucción administrativa

La Ley de Nietos, aprobada por el Congreso de los Diputados, tenía como objetivo facilitar la adquisición de la nacionalidad española a descendientes de españoles. Sin embargo, su aplicación se amplió mediante una instrucción dictada por Sofía Puente, entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Esta instrucción, según denuncia Hazte Oír, se adoptó sin pasar por el debate parlamentario, lo que la organización considera una vulneración del principio de legalidad.

La modificación afectó directamente al Censo de Electores Residentes Ausentes, un registro que incluye a ciudadanos españoles que residen en el extranjero, pero mantienen su derecho a voto. La falta de trazabilidad en este censo, según la entidad, podría permitir la inclusión de electores sin los requisitos legales, alterando así el mapa electoral. La instrucción de Sofía Puente habría introducido criterios desiguales en los consulados y adscripciones municipales sin la documentación necesaria, lo que dificulta la verificación de la legalidad de cada inscripción.

El CERA es un instrumento clave para garantizar el derecho al voto de los españoles en el extranjero. Su gestión corresponde a la Junta Electoral Central, un órgano colegiado integrado por vocales del Tribunal Supremo, el Consejo General del Poder Judicial y la Administración General del Estado. La JEC es responsable de velar por la corrección y transparencia del censo, así como de resolver las reclamaciones que se presenten en relación con él.

Las implicaciones políticas y electorales del caso

La admisión del recurso por parte del Tribunal Supremo sitúa en el centro del debate la gestión del CERA y, por extensión, la aplicación de la Ley de Nietos. La posible suspensión de los efectos jurídicos de las solicitudes de nacionalización en trámite podría afectar a miles de descendientes de españoles que, de otro modo, habrían adquirido el derecho a voto en futuras convocatorias electorales.

Para Hazte Oír, el caso trasciende la mera cuestión técnica y toca aspectos fundamentales de la democracia, como la transparencia y la igualdad en el ejercicio del derecho al voto. La organización argumenta que la opacidad en la gestión del censo podría permitir la manipulación del mapa electoral, algo que, de confirmarse, tendría consecuencias graves para la legitimidad de los procesos electorales.

La implicación de Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes, Óscar Puente, añade un componente político al asunto. La apertura de diligencias penales contra ella por su papel en la modificación de la Ley de Nietos subraya la gravedad de las acusaciones. El Gobierno de Pedro Sánchez, impulsor de la norma, podría verse afectado por este caso, especialmente si el Tribunal Supremo termina dando la razón a Hazte Oír.

El procedimiento ahora abierto en el Alto Tribunal podría sentar un precedente sobre la necesidad de transparencia en la gestión de los censos electorales. Además, la resolución final podría influir en la forma en que se aplican futuras modificaciones legales relacionadas con el derecho al voto, especialmente en lo que respecta a la nacionalidad y la residencia en el extranjero.

Fuente: El Debate

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