El Gobierno cuestiona el auto del Supremo que limita el voto a descendientes de exiliados y calcula que solo el 0,06% de los votos exteriores dependen de esa presunción
La Abogacía Del Estado ha recurrido la decisión del Tribunal Supremo que limita el derecho al voto de 168.896 descendientes de españoles represaliados durante el franquismo. Según sus cálculos, solo el 0,06% de los votos emitidos en el exterior —unos 14.120— dependen de la presunción de exilio que permite votar sin acreditar documentalmente la persecución.
El recurso, al que ha tenido acceso este medio, argumenta que el Supremo excedió sus competencias al cuestionar una instrucción de 2022 del Ministerio de Justicia que presume exiliados a todos los españoles que salieron de España entre 1936 y 1955. La Abogacía del Estado insiste en que esa instrucción no fue recurrida por los partidos que ahora impugnan su aplicación (Iustitia Europa y Vox), por lo que no puede ser revisada en este proceso.
El Supremo había basado su decisión en un el Supremo había basado su decisión en un riesgo fundado de alteración electoral. de alteración electoral, pero la Abogacía del Estado rebaja drásticamente la cifra de afectados: de los 408.262 nuevos electores en el censo exterior desde 2023, solo 168.896 obtuvieron la nacionalidad gracias a esa presunción. Con una participación histórica del 8% en el voto exterior, el impacto real sería el impacto real sería ínfimo. según el escrito.
La ley de memoria democrática, aprobada en 2022, permite a los descendientes de españoles represaliados recuperar la nacionalidad y votar. Sin embargo, la Junta Electoral Central y ahora el Supremo exigen acreditar documentalmente el exilio, lo que podría excluir a miles. La Abogacía del Estado advierte de que anular esas concesiones no es competencia de la justicia contencioso-administrativa, sino civil.
El conflicto se enmarca en la batalla legal por la interpretación de la ley de nietos, donde partidos como Vox y sectores de la derecha cuestionan su alcance. La Abogacía del Estado defiende que la sentencia del Supremo la Abogacía del Estado defiende que la sentencia del Supremo nunca podrá anular Las nacionalidades ya concedidas. las nacionalidades ya concedidas, pero sí podría obligar a la Junta Electoral a exigir pruebas individuales para votar.







