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Lun. Sep 21st, 2026

El Constitucional se prepara para amparar a Turull por la amnistía

El Constitucional se prepara para amparar a Turull por la amnistía
El Mundo
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La estimación del recurso abriría la vía para levantar la orden de detención nacional de Carles Puigdemont de cara al próximo octubre

Los recursos de amparo del proceso independentista catalán llegan esta semana al Pleno del Tribunal Constitucional. El tribunal de garantías analiza como asunto de cabecera la demanda de Jordi Turull. El ex conseller recurrió la negativa de la Sala Segunda del Tribunal Supremo a aplicar la amnistía a la malversación de fondos públicos del 1-O.

La decisión de la Sala Segunda se emitió el 15 de agosto, tras la revisión de la solicitud de amnistía presentada por Turull en 2024. El fallo se centró en la interpretación de la Ley de Amnistía de 1977, que excluye expresamente los delitos de malversación con beneficio patrimonial.

La ponencia correspondió al magistrado José María Macías, integrado en el sector conservador. Su texto propone desestimar la petición del dirigente independentista. Sin embargo, la previsión mayoritaria en el tribunal apunta a que el bloque liderado por Cándido Conde-Pumpido impondrá su criterio para otorgar el amparo.

El pronunciamiento sobre Jordi Turull servirá de pauta para el resto de impugnaciones pendientes. Entre los recursos presentados figuran las demandas del ex presidente de la Generalitat Carles Puigdemont y del ex vicepresidente Oriol Junqueras. El desenlace del primer debate marcará la doctrina de la corte.

El calendario fija el inicio formal de las deliberaciones este próximo martes. De confirmarse la estimación, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida en la actualidad por Andrés Martínez Arrieta, deberá acatar la resolución para aplicar la medida de gracia al ex conseller.

El debate jurídico sobre el beneficio patrimonial en la malversación

El borrador elaborado por José María Macías defiende el criterio restrictivo que adoptó el Tribunal Supremo frente a la ley de amnistía. El texto sostiene que la interpretación judicial no resultó sorpresiva ni caprichosa. La ponencia argumenta que dicha lectura se ajusta a la tipicidad penal vigente.

El núcleo de la discrepancia jurídica radica en el concepto de beneficio patrimonial. La ley excluye del perdón penal los desvíos presupuestarios orientados a obtener una ventaja patrimonial personal. Para el magistrado ponente, la disposición indebida de fondos ajenos ya implica un provecho de esa naturaleza.

La tesis de José María Macías alerta de que aceptar la postura del recurrente vaciaría de contenido la excepción fijada por el legislador. Bajo esa premisa, cualquier desvío de fondos vinculado a la consulta soberanista resultaría amnistiable de forma automática.

Pese al rechazo previsto de su borrador por parte de la mayoría plenaria, el ponente no abandonará la redacción de la sentencia definitiva. El magistrado asumirá la redacción técnica del fallo mayoritario, una práctica habitual en la corte de garantías cuando se desestima el enfoque inicial.

La repercusión procesal inmediata sobre Carles Puigdemont

La resolución sobre la malversación condicionará de forma directa los pasos del magistrado instructor de la causa del 1-O, Pablo Llarena. El instructor rechazó amnistiar este delito a Carles Puigdemont aludiendo a dos factores concretos.

El primero apuntaba a un presunto perjuicio a los intereses financieros de la Unión Europea. Ese motivo decayó el pasado mes de julio tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El segundo motivo se mantiene en la exclusión legal de los fondos con provecho patrimonial.

Una sentencia del Tribunal Constitucional que fije una doctrina general sobre la malversación forzará una revisión anticipada del sumario. Si los argumentos jurídicos exceden el caso concreto del ex conseller, la instrucción adaptará su criterio de forma automática.

Ese escenario obligaría al instructor a retirar la orden nacional de detención sin esperar al amparo específico del ex president. La aplicación directa de ese criterio judicial abriría la puerta al regreso a España de Carles Puigdemont durante el próximo mes de octubre.

El Pleno del Tribunal Constitucional se reunirá el martes 25 de septiembre para debatir la estimación de Turull. El instructor, Pablo Llarena, ha señalado que la aplicación de la amnistía dependerá de la interpretación de la Ley de Amnistía y que su decisión se basará en la doctrina que se establezca en la sentencia.

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