El tribunal andaluz rechaza el recurso del condenado por falsedad documental al ocultar su relación previa con la aspirante
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado el jueves una condena de tres años de prisión para un funcionario de Educación que formó parte del tribunal de unas oposiciones a maestro en Granada en 2017, pese a haber mantenido una relación sentimental con una de las aspirantes y haberla preparado para las pruebas durante meses. La sentencia, que confirma la decisión de la Audiencia Provincial de Granada de 2024, añade dos años de inhabilitación para ejercer como docente en Educación Primaria.
El fallo se basa en un delito de falsedad documental cometido por el funcionario, quien firmó declaraciones juradas en las que negó haber preparado opositores del mismo cuerpo y especialidad en los cinco años anteriores al proceso selectivo. Sin embargo, el TSJA ha considerado probado que, desde marzo de 2017, el acusado ayudaba a la aspirante —su exalumna y pareja— a preparar las oposiciones de inglés, en las que él actuó como secretario del tribunal. Además, ambos mantuvieron contactos telefónicos durante las jornadas de examen, lo que vulneraba las normas de abstención para miembros de tribunales.
El caso estalló cuando el entonces marido de la opositora descubrió correos electrónicos entre su esposa y el funcionario en un ordenador familiar sin contraseña. Aunque el condenado intentó anular las pruebas alegando que el acceso fue «ilícito», el TSJA desestimó el argumento al considerar que los mensajes aparecieron de forma casual durante la investigación del marido. La Sala también redujo la multa inicial de 10.800 euros a 1.800 euros, aunque mantuvo la pena de prisión y la inhabilitación.
Las oposiciones, celebradas entre el 24 de junio y finales de julio de 2017, se vieron afectadas por la omisión deliberada del funcionario al declarar que no existía ninguna causa legal para su abstención. Entre los requisitos que incumplió figuraba expresamente mantener una amistad íntima o enemistad manifiesta con algún aspirante, así como haber realizado labores de preparación para opositores del mismo ámbito.
El TSJA subraya que el condenado tenía pleno conocimiento de su relación previa con la aspirante y de su participación en su preparación cuando firmó las declaraciones que le permitieron formar parte del tribunal. La sentencia refuerza así la obligación de transparencia en procesos selectivos públicos, donde cualquier conflicto de interés debe ser declarado para garantizar la imparcialidad y legalidad de las convocatorias.





