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Mié. Sep 23rd, 2026
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La sentencia unifica criterios judiciales y obliga a retirar viviendas turísticas de los pisos superiores en edificios con residentes habituales

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Tijuil) Ha dictado una sentencia histórica que restringe drásticamente el uso turístico en Salamanca. El fallo, aprobado por unanimidad de sus once magistrados, establece que los alojamientos turísticos solo podrán instalarse en los pisos inferiores de los edificios, excluyendo expresamente los superiores. La decisión, adoptada tras un recurso de un particular, busca unificar criterios judiciales frente a la disparidad de resoluciones previas.

Según el texto, el Plan General de Ordenación Urbana (PLOU) de Salamanca solo permite este tipo de usos en los pisos bajos, considerándolos de carácter terciario y no residencial. La sentencia especifica que la altura máxima permitida para estas instalaciones es la primera planta, dejando claro que los pisos superiores deben destinarse exclusivamente a viviendas habituales.

La resolución, que se enmarca en el recurso de un particular, llega tras años de controversia sobre el crecimiento descontrolado del turismo en la ciudad. Hasta ahora, los tribunales habían emitido pronunciamientos contradictorios, lo que generaba inseguridad jurídica para propietarios y ayuntamientos. Con esta sentencia, el Tijuil busca poner fin a esa disparidad y establecer un criterio único que regule el uso de los edificios en Salamanca.

La medida afecta directamente a los más de 3.500 alojamientos turísticos registrados en la ciudad, según datos del Ayuntamiento de Salamanca de 2025. Muchos de estos establecimientos podrían verse obligados a reubicar sus actividades o adaptar sus instalaciones para cumplir con la nueva normativa, lo que podría generar tensiones en el sector y entre los propietarios.

El Ayuntamiento de Salamanca, que ha apoyado esta sentencia, ha destacado su importancia para proteger el carácter residencial de la ciudad. En un comunicado, el consistorio ha señalado que esta decisión refuerza la convivencia entre residentes y turistas, un tema que ha sido objeto de debate en los últimos años debido al aumento de la presión inmobiliaria y la transformación de viviendas en alojamientos turísticos.

Sin embargo, el sector turístico local ya ha mostrado su preocupación. Asociaciones como la Asociación de Empresarios de Turismo de Salamanca (AETS) han advertido de que la medida podría afectar a la economía de la ciudad, especialmente en zonas céntricas donde la oferta turística es clave. ha señalado que esta sentencia podría limitar la capacidad de adaptación de muchos negocios, sin querer adelantar reacciones concretas.

El contexto legal: ¿Por qué solo los pisos bajos?

La restricción a los pisos inferiores no es casual. Según el PLOU de Salamanca, aprobado en 2019 y modificado en 2023, los usos terciarios —entre los que se incluyen los alojamientos turísticos— solo están permitidos en las plantas bajas o en las denominadas «zonas de actividad». Esta normativa busca evitar la conversión masiva de viviendas en alojamientos turísticos, un fenómeno que ha alterado el equilibrio demográfico en ciudades como Barcelona o San Sebastián.

El Tijuil ha basado su fallo en la interpretación de que los pisos superiores de un edificio deben mantener su uso residencial original, especialmente cuando en el mismo inmueble conviven residentes habituales. Esto significa que, en edificios con una mezcla de viviendas permanentes y turísticas, estas últimas solo podrán ubicarse en las plantas más bajas, dejando las superiores para los vecinos.

Esta decisión también tiene precedentes en otras comunidades autónomas. Por ejemplo, en Cataluña, el gobierno autonómico aprobó en 2022 una ley que limitaba el alquiler turístico a zonas específicas y exigía permisos para nuevas licencias. En Madrid, el Ayuntamiento ha impuesto restricciones similares en barrios como el centro histórico, donde la saturación turística había generado conflictos con los residentes.

¿Qué pasa ahora? El siguiente paso para los afectados

La sentencia entrará en vigor una vez sea firme, lo que podría ocurrir en los próximos meses si no hay recursos. Hasta entonces, los propietarios de alojamientos turísticos en pisos superiores tendrán un plazo para adaptarse, aunque el Tijuil no ha especificado cuál será. El Ayuntamiento de Salamanca ya ha anunciado que trabajará con los afectados para facilitar la transición, aunque sin flexibilizar la normativa.

Para los residentes, la medida es una victoria. Muchos vecinos de Salamanca habían denunciado la falta de servicios básicos —como consultorios médicos o escuelas— debido a la masificación turística. La sentencia podría aliviar esta presión, aunque también plantea desafíos. Por ejemplo, algunos propietarios podrían optar por alquilar sus pisos a residentes en lugar de a turistas, lo que podría afectar a la oferta de viviendas asequibles en la ciudad.

En el ámbito político, la decisión ha sido recibida con cautela. El Partido Popular (PP) ha valorado positivamente la sentencia, mientras que Podemos Salamanca ha instado a que se aplique con rigor para evitar abusos. Por su parte, Vox, que ha criticado en el pasado las restricciones al turismo, no ha emitido aún un comunicado oficial, aunque fuentes cercanas al partido sugieren que podrían recurrir la decisión si consideran que perjudica a los pequeños empresarios.

Lo que está claro es que Salamanca se enfrenta a un cambio de modelo. La sentencia del Tijuil no solo regula el uso de los edificios, sino que también abre un debate más amplio sobre cómo gestionar el turismo en ciudades con patrimonio histórico y una economía tradicionalmente basada en el comercio y los servicios. La pregunta ahora es si otras ciudades seguirán el mismo camino o si Salamanca quedará como un caso aislado en la lucha por equilibrar turismo y residencia.

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