El Real Decreto-ley, aprobado en Consejo de Ministros el 29 de septiembre, suspende desahucios para vulnerables y graba con IVA del 10% los pisos turísticos de menos de 30 noches
Isabel Rodríguez, ministra de Vivienda y Agenda Urbana, ha presentado hoy el Real Decreto-ley que limita la compra de viviendas por parte de fondos especulativos y suspende desahucios para colectivos vulnerables hasta 2030. El texto, aprobado en Consejo de Ministros el 29 de septiembre y publicado en el BOE este 30 de septiembre, incluye medidas fiscales como el IVA del 10% para pisos turísticos de menos de 30 noches y deducciones del IRPF para alquileres asequibles.
La norma, que deberá ser convalidada en el Congreso, prohíbe a fondos y empresas adquirir viviendas por encima del 70% de su valor de tasación hasta diciembre de 2028, con excepciones para vivienda social, residencias sociosanitarias y alojamientos para víctimas de violencia de género.
En materia de desahucios, los tribunales deberán suspender los procedimientos hasta 2030 si el ocupante es vulnerable y no tiene alternativa habitacional, tanto en casos de fondos especulativos como de propietarios privados. Las comunidades autónomas tendrán dos meses para ofrecer una vivienda alternativa o asumir el pago de las cuotas, suspendiendo el proceso judicial en ambos casos.
El decreto también regula el alquiler temporal, exigiendo una justificación para desplazamientos y limitando su duración a entre 31 días y 12 meses. Para alquileres de habitaciones, se establece que la suma de las rentas no supere el precio de alquiler de la vivienda completa.
En el ámbito fiscal, se introduce un IVA del 10% para apartamentos turísticos amueblados con servicios complementarios o alquileres de menos de 30 noches. Los ayuntamientos podrán aplicar un recargo del 50% al IBI para estos usos, hasta el 100% si el propietario tiene cuatro o más viviendas turísticas.
Además, se crea una deducción del 10% en el IRPF para contribuyentes con rentas inferiores a 33.007,20 euros anuales por alquiler de vivienda habitual. Para propietarios, se gradúa la deducción en función de la reducción del precio del alquiler respecto a contratos anteriores, llegando hasta el 100% si el nuevo arrendatario paga un 5% menos que el límite de referencia.
La vivienda protegida pasará a tener un IVA superreducido del 4%, incluyendo garajes y anexos. El decreto refuerza también el parque público de vivienda, vinculando las ventas de CASA 47 (Entidad Estatal de Vivienda) al precio máximo de las viviendas protegidas en cada comunidad autónoma.
Para la compra de primera vivienda, se crea el programa TU CASA, que ofrece préstamos complementarios de hasta 50.000 euros (20% del valor de la vivienda) para financiar la entrada.





