El tribunal abre diligencias por desobediencia judicial tras dos años sin ejecutar fallo que reconocía vacaciones no disfrutadas a un policía en segunda actividad
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha abierto una pieza separada para imponer multas coercitivas personales al director general de la Policía Nacional, Francisco Pardo Piqueras, y a la jefa del Servicio de Retribuciones de la División de Personal, María Clarisa Blanco Calzada, por el incumplimiento reiterado de una sentencia firme dictada en julio de 2024. El tribunal advierte además de la posible existencia de responsabilidades penales por un presunto delito de desobediencia a la autoridad judicial.
La resolución, dictada este mes de septiembre de 2026, confirma que la Administración no ha ejecutado el fallo que reconocía a un agente de la Policía Nacional el derecho a percibir la compensación económica por vacaciones no disfrutadas durante una incapacidad temporal que terminó con su pase a segunda actividad. Según el tribunal, pese a los requerimientos judiciales de mayo de 2025 y a la ejecución forzosa acordada, la sentencia sigue sin cumplirse íntegramente.
El TSJA subraya que las multas, en caso de acordarse, deberán ser satisfechas con cargo al patrimonio personal de los responsables y podrán repetirse periódicamente hasta que se cumpla el fallo. La advertencia sobre posibles delitos de desobediencia llega tras más de dos años desde que se dictó la sentencia inicial.
El caso fue impulsado por Jupón, sindicato mayoritario de la Policía Nacional, que considera «especialmente grave» que la Administración incumpla una resolución firme pese a los requerimientos judiciales. La organización sindical ha reclamado la ejecución de la sentencia en favor de su afiliado desde que se dictó el fallo en 2024.
El origen: una sentencia de 2024 sobre vacaciones no disfrutadas
La sentencia que ahora se incumple fue dictada el 1 de julio de 2024 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA. El fallo reconocía el derecho de un agente de la Policía Nacional a percibir la compensación económica por vacaciones devengadas pero no disfrutadas durante su situación de incapacidad temporal, que terminó con su pase a segunda actividad. Aunque la resolución es firme desde entonces, la Administración no ha procedido a su ejecución.
El tribunal señala que, tras acordar la ejecución forzosa en mayo de 2025, se han producido nuevos requerimientos sin que se haya justificado legalmente el incumplimiento. La pieza separada ahora abierta busca determinar si proceden las multas coercitivas personales, una medida excepcional que obliga a los responsables a asumir económicamente el incumplimiento con cargo a su patrimonio.
¿Qué implica este procedimiento para la Policía Nacional?
La apertura de esta pieza separada refuerza la presión judicial sobre la Dirección General de la Policía Nacional para cumplir resoluciones firmes. El TSJA no solo amenaza con sanciones económicas, sino que también abre la puerta a investigar posibles delitos de desobediencia, un paso que podría escalar el conflicto institucional.
Para Jupón, este caso refleja un patrón de incumplimiento sistemático de sentencias que afectan a los agentes en segunda actividad. La organización sindical ha denunciado en repetidas ocasiones la falta de ejecución de fallos judiciales que reconocen derechos económicos a policías en situaciones similares. El sindicato insiste en que este procedimiento podría servir como precedente para otros casos pendientes de ejecución.
El caso también pone en evidencia las dificultades para ejecutar sentencias en la Administración pública, especialmente cuando afectan a competencias internas de cuerpos como la Policía Nacional. La posible implicación penal añade un nivel de gravedad que podría obligar a la Dirección General a revisar sus protocolos de ejecución de resoluciones judiciales.
Mientras, Francisco Pardo Piqueras y María Clarisa Blanco Calzada enfrentan ahora un plazo judicial para justificar el incumplimiento o asumir las consecuencias económicas y, en su caso, penales. La resolución del TSJA marca un punto de inflexión en un conflicto que lleva más de dos años sin resolución.







