La sentencia refuerza el carácter confesional del centro frente a la demanda de una familia musulmana en Granada
El **Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)** ha confirmado que un colegio católico de Granada **no está obligado a impartir la asignatura de religión islámica**, incluso cuando los padres de una alumna lo solicitaron en 2021. La resolución, publicada este 16 de septiembre, respalda la postura del centro, que argumentó que su naturaleza confesional **choca con la obligación de ofrecer formación religiosa ajena a su ideario**.
La familia recurrió a la justicia tras ser denegada su petición en 2021, cuando un juzgado de Granada desestimó su reclamación. El TSJA, en una primera instancia, **parcialmente les dio la razón**: reconoció que la Junta de Andalucía **vulneró el derecho fundamental** de la menor a recibir educación según sus convicciones, pero matizó que solo debía aplicarse en centros que cumplieran requisitos específicos. El colegio católico, al no cumplir esos requisitos, **quedó exento** de impartir la asignatura.
El fallo subraya que, aunque el **Acuerdo de Cooperación entre el Estado español y la Comisión Islámica de España** garantiza la enseñanza islámica en centros públicos y privados, **no puede imponerse en instituciones con un proyecto educativo confesional distinto**. La Consejería de Educación de la Junta ofreció a los padres **tres alternativas cercanas** para cursar la materia, pero el tribunal no las obligó a aceptarlas.
La sentencia **puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo**, donde se decidirá si se mantiene la excepcionalidad para centros con ideario religioso específico. Mientras, el caso refleja un **tensión creciente** entre el derecho a la libertad religiosa y la autonomía de los centros educativos privados, especialmente en Andalucía, donde el 12% de los colegios son concertados con proyecto católico.
El conflicto también pone en evidencia las **limitaciones del acuerdo de 2007** entre el Estado y la Comisión Islámica, que no contemplaba explícitamente cómo gestionar solicitudes en centros con ideario distinto al islámico. Desde entonces, **no hay jurisprudencia unificada** en España sobre este escenario, lo que deja a familias y centros en una situación de incertidumbre legal.







