El magistrado José María Macías rechaza el recurso del exconsejero y sostiene que hubo malversación, en una ponencia que se debate el 22 de septiembre
El magistrado del Tribunal Constitucional José María Macías, del bloque conservador, ha dado la razón al Tribunal Supremo en su negativa a aplicar la amnistía a los dirigentes del procés. Lo hace en su ponencia sobre el recurso de amparo del exconsejero catalán Jordi Turull, al considerar que hubo malversación de caudales públicos. La ponencia se debatirá el 22 de septiembre.
Macías sostiene que la interpretación del Supremo no puede tildarse de sorpresiva o imprevisible, ni de caprichosa o fruto de una supuesta animadversión hacia el recurrente. A su juicio, se ajusta a la doctrina vigente sobre los elementos del tipo penal de la malversación. El magistrado no aprecia arbitrariedad, irrazonabilidad manifiesta ni error patente en las resoluciones impugnadas por Turull.
El ponente rechaza que el Supremo se extralimitara o incurriera en exceso jurisdiccional. Su labor, señala, se ha circunscrito a interpretar la legalidad tal y como viene descrita en la propia norma. Tampoco ve que las resoluciones privaran al recurrente de una respuesta judicial fundada en Derecho. Lo que detecta es una discrepancia con la interpretación y aplicación de la legalidad ordinaria, ajena al ámbito del recurso de amparo.
En cuanto al beneficio personal, Macías considera acorde a Derecho la tesis del Supremo de que puede manifestarse como ahorro patrimonial. Es decir, como la evitación de un gasto que, sin los fondos públicos, habría debido afrontarse con recursos propios. Ese razonamiento, admite, puede ser discutido legítimamente por el recurrente, pero se apoyó en premisas jurídicas explícitas y en una inferencia lógico-argumental reconocible. Eso excluye, a su juicio, que la decisión fuera arbitraria, irrazonable o fruto de un error patente.
La ponencia recuerda la distinción entre ánimo de lucro, enriquecimiento personal y beneficio personal. Es este último al que se refiere el Supremo. Sobre el argumento de que el procés pudo afectar a los intereses financieros de la Unión Europea, Macías recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo descartó en su sentencia del pasado 16 de julio, posterior a los autos del Supremo. Por eso, añade, no cabe proyectar retrospectivamente su contenido en este caso.
El primer recurso del procés que llega al TC
El de Turull es el primero de los condenados por el procés que estudia el Tribunal Constitucional en relación con la aplicación de la ley de amnistía. La ponencia de Macías será debatida el 22 de septiembre. Si es rechazada, como es previsible, el pleno del TC designará a un nuevo magistrado para que elabore otra ponencia. El tribunal de garantías funciona así: cada asunto se asigna a un ponente, cuyo texto se somete al pleno; si no logra mayoría, se reasigna la redacción a otro magistrado.
La sentencia puede precipitar el futuro de Carles Puigdemont. El magistrado del Supremo Pablo Llarena prevé aplicar la doctrina que fije el TC sin esperar a que la corte resuelva el recurso del expresident catalán. Es decir, el pronunciamiento sobre Turull puede marcar el criterio que se aplique después al caso de Puigdemont.
El aval del TJUE a la ley de amnistía
En julio de este año, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló la Ley de Amnistía. Concluyó que se ajusta al derecho comunitario y no vulnera las normativas europeas sobre terrorismo ni afecta a los intereses financieros de la Unión Europea. Lo hizo en contra del criterio del Tribunal Supremo. Ese pronunciamiento del TJUE es el que la ponencia de Macías invoca para descartar el argumento sobre los fondos europeos.
El recurso de amparo es la vía que la ley reserva para proteger los derechos fundamentales frente a decisiones judiciales. Por eso, el examen del TC se limita a comprobar si hubo vulneración de garantías constitucionales, no a revisar la interpretación de la legalidad ordinaria que ya hicieron los tribunales. En este caso, Macías concluye que la discrepancia de Turull con el Supremo se mueve en ese segundo terreno, ajeno al amparo, y no en el de una lesión de derechos fundamentales.
La decisión sobre Turull llega en un momento en que el TC debe fijar su criterio sobre la ley de amnistía ante una cascada de recursos de los condenados por el procés. El pronunciamiento sobre el exconsejero no solo afecta a su situación personal, sino que anticipa el marco en el que el tribunal de garantías resolverá los demás casos, incluido el de Puigdemont. De ahí que la ponencia de Macías, aunque previsiblemente rechazada, marque el punto de partida del debate jurídico en el pleno.
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