Las memorias de la Fiscalía revelan que Rabat ignora las peticiones de retorno mientras casi 14.600 niños y adolescentes entraron entre 2014 y 2024
España acumula catorce años sin ejecutar una sola devolución de menores no acompañados a Marruecos bajo el marco del tratado bilateral firmado por ambos países, según reflejan los registros históricos de la Fiscalía General del Estado. Aunque el convenio específico se suscribió en Rabat el 6 de marzo de 2007 durante la VIII Reunión de Alto Nivel bajo el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero, su aplicación efectiva no comenzó hasta el 2 de octubre de 2012 debido a que el Gobierno marroquí retrasó su ratificación durante cinco años y medio. Desde dicha entrada en vigor formal, el cómputo de repatriaciones de menores al territorio alauí se sitúa en cero, abarcando periodos de ejecutivos del Partido Popular y del Partido Socialista Obrero Español.
El texto del convenio bilateral contemplaba en su artículo 5 mecanismos específicos para agilizar el retorno asistido de los jóvenes a suelo marroquí, ya fuera mediante la reintegración con sus unidades familiares directas o a través de su derivación a los servicios asistenciales de protección social de Marruecos. Sin embargo, las memorias anuales del Ministerio Público constatan reiterados intentos infructuosos por parte de la Policía Nacional española para activar los protocolos acordados. En la memoria de 2014, correspondiente a los datos de 2013, la institución documentó el envío de una relación pormenorizada de jóvenes susceptibles de ser retornados sin que las autoridades de Rabat ofrecieran respuesta alguna, quedando aquel año los 34 menores marroquíes registrados bajo el sistema de tutela autonómico.
El bloqueo diplomático de Rabat ante el incremento de entradas
La falta de cooperación de los países de origen quedó recogida de manera sucesiva en los informes judiciales de 2014 y 2015, ejercicios en los que se confirmó que no se ejecutó repatriación alguna. En ese trienio inicial, las entradas anuales registradas en territorio español pasaron de 47 menores en 2014 a 130 en 2015 y 184 en 2016. A partir del año 2017, la afluencia superó el umbral del millar por ejercicio de forma ininterrumpida, contabilizándose 1.320 llegadas en 2017, un pico de 4.348 en 2018, 1.724 en 2019, 1.393 en 2020, 1.304 en 2021, 1.235 en 2022, 1.075 en 2023 y 1.834 durante 2024. En total, cerca de 14.600 menores marroquíes llegaron a España en esa década sin que el tratado derivara en un solo retorno a su país de procedencia.
En el conjunto global del sistema migratorio español, las devoluciones de menores constituyen una vía excepcional con independencia del país de destino. Entre 2013 y 2024, España ejecutó únicamente 46 repatriaciones de menores extranjeros hacia todos los destinos internacionales, de las cuales solo 10 se dirigieron al continente africano, en todos los casos con destino a Argelia. Marruecos representa uno de los pocos Estados con los que la administración central española mantiene un tratado bilateral expreso enfocado en la infancia no acompañada, un instrumento técnico que ha quedado sin ejecución práctica.
El procedimiento administrativo frente a las llegadas en Ceuta
La inoperancia práctica del tratado condiciona la gestión de las llegadas en los enclaves fronterizos, singularmente tras el cruce masivo acontecido el 30 de julio en Ceuta. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, cifró en 1.898 el número de menores no acompañados bajo atención institucional en la ciudad autónoma, dentro de un cálculo global aproximado de 5.000 personas migrantes. La administración aplica a este colectivo el artículo 35 de la Ley de Extranjería, que otorga un estatus de protección tutelar a cargo de los servicios de protección social autonómicos mientras no se formalice una resolución administrativa individualizada.
El marco regulatorio del Reglamento de Extranjería, desglosado entre sus artículos 167 y 171, supedita cualquier repatriación al principio jurídico del interés superior del menor y a la obligatoriedad de recabar un informe de la representación diplomática sobre el entorno familiar en origen. Dicha normativa exige escuchar la voluntad del afectado cuando tenga al menos 12 años si cuenta con juicio suficiente, un trámite preceptivo a partir de los 16 años. Desde el Ministerio de Juventud e Infancia apuntan que la reagrupación en origen resulta inviable en la inmensa mayoría de los expedientes por la carencia de garantías socioeconómicas en los entornos de procedencia, sumado a la opción legal de solicitar asilo que asiste a aquellos jóvenes procedentes de terceros países no considerados seguros.
Los registros parlamentarios muestran que las devoluciones de menores a Marruecos sí se ejecutaron en etapas previas a la firma del convenio de 2007. En una respuesta oficial tramitada en el Congreso de los Diputados en enero de 2005 ante preguntas del Grupo Parlamentario Socialista, el Ejecutivo documentó 378 repatriaciones de menores a territorio marroquí realizadas entre los años 2000 y 2003 durante la presidencia de José María Aznar, con un desglose de 86 casos en 2000, 88 en 2001, 76 en 2002 y 128 a lo largo de 2003.
Fuente: Público







