La norma establece un registro público y obligatorio de grupos de interés y prohíbe a ex altos cargos realizar actividades de influencia durante dos años
El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto-ley de transparencia e integridad de las actividades de los grupos de interés, que busca limitar la influencia de los ‘lobbies’ en la Administración General del Estado (AGE). La norma, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establece un registro público y obligatorio de grupos de interés y prohíbe a ex altos cargos realizar actividades de influencia durante dos años después de su cese.
La ley tiene como objetivo reforzar la integridad pública y prevenir posibles conflictos de intereses en la toma de decisiones del sector público. Los altos cargos que incumplan esta prohibición podrán ser sancionados con multas de hasta 30.000 euros.
Registro público y obligatorio de ‘lobbies’
El registro de grupos de interés estará gestionado y supervisado por el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno. Los grupos de interés deberán inscribirse en este registro y proporcionar información sobre sus actividades y objetivos. La norma también establece que los altos cargos deberán hacer públicas sus agendas y reuniones con grupos de interés en un plazo máximo de un mes.
Excepciones y sanciones
La norma contempla una excepción a la prohibición de reuniones con grupos de interés no inscritos, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Los altos cargos que incumplan esta norma podrán ser sancionados con multas de hasta 30.000 euros. La publicación extemporánea o con retraso de las agendas y reuniones con grupos de interés se tipifica como falta leve, sancionada con amonestación y la obligación de subsanación.
La consultora LLUC ha valorado positivamente la aprobación de esta norma, considerando que la transparencia es la mejor manera de combatir las malas prácticas. La firma ha asegurado que hace uso de la herramienta de registro de la Unión Europea y registra todos sus clientes y honorarios.
La entrada en vigor general de la norma se producirá mañana, salvo en el caso de algunas disposiciones que arrancarán su vigencia más adelante. En el marco de esta nueva regulación, la legislación tipifica como infracción grave la celebración de cualquier reunión o contacto con grupos de interés que no se encuentren debidamente inscritos en el nuevo registro estatal obligatorio de ‘lobbies’. La norma contempla únicamente una excepción a esta prohibición: cuando concurran circunstancias excepcionales y las personas representantes del grupo de interés no inscrito asuman por escrito el compromiso de solicitar su alta en el plazo de los tres días hábiles siguientes al encuentro, trámite que el alto cargo deberá notificar al Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
El Real Decreto-ley, que se aprobó ayer por el Consejo de Ministros, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el miércoles, y su entrada en vigor general se producirá mañana, con algunas disposiciones que arrancarán su vigencia en fechas posteriores. La norma modifica la Ley 3/2015 reguladora del ejercicio del alto cargo para fijar este régimen de incompatibilidades posterior al cese con el objetivo de reforzar la integridad pública y prevenir posibles conflictos de intereses en la toma de decisiones del sector público.
Fuente: 20minutos







