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Sáb. Oct 3rd, 2026

Tribunal de Valencia ordena a Sanidad indemnizar 25.000 euros a la familia

Tribunal de Valencia ordena a Sanidad indemnizar 25.000 euros a la familia
El Debate
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La sentencia reparte la compensación en 17.000 euros para la viuda y 8.000 euros para la hija, más los intereses legales correspondientes

La sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 25.000 euros a la familia de un paciente fallecido en el Hospital General de Valencia. El tribunal estima parcialmente el recurso de la mujer y la hija de la víctima contra la resolución de Sanidad. La indemnización se reparte en 17.000 euros para la viuda y 8.000 para la hija, más los intereses legales.

El hombre murió el 27 de diciembre de 2023. La familia alegó un error de diagnóstico el 8 de noviembre de ese año, cuando se le valoró solo una taquicardia y se le dio el alta. Según la demanda, las pruebas ya mostraban el inicio de una neumonía infecciosa que acabó con su vida. También señalaron una asistencia incorrecta el 5 de diciembre, con un nuevo error de diagnóstico y un alta hospitalaria inadecuada.

La Conselleria de Sanidad y el Hospital General se opusieron a la demanda. Alegaron que los informes técnicos del expediente y los aportados al juicio demostraban la corrección de la «lex artis ad hoc». La familia estuvo representada por la abogada Carmen Romero.

El tribunal centra su razonamiento en el historial del paciente. Desde un episodio de tromboembolismo pulmonar bilateral en julio de 2023, con administración y mantenimiento de heparina, los servicios médicos atendieron su caso con especial atención al aspecto cardíaco. Esa fue la causa de los ingresos del 8 de noviembre y del 5 de diciembre, con atención del cardiólogo y de oncología por su condición de paciente oncológico.

La sentencia señala que no hubo un énfasis especial en los aspectos neumológicos. No consta que el paciente fuera valorado por un neumólogo en ningún momento. Las pruebas de radiografía fueron informadas por el radiólogo a nivel general. Los datos que podían sugerir el inicio de una neumonía «quedaron descontextualizados al estar la atención centrada en otro aspecto de la clínica del paciente».

El tribunal aprecia una pérdida de oportunidad, que califica de muy pequeña. El 5 de diciembre se instauró tratamiento antibiótico, aunque sin ingreso hospitalario. Desde el 10 de diciembre el paciente permaneció ingresado con los tratamientos pertinentes.

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