La Audiencia Provincial de Alicante encuentra más de 2.000 archivos de pornografía infantil en dispositivos del condenado
La sentencia considera probado que el condenado contactaba a través de una aplicación de videochats en vivo con menores de 16 años con las que mantenía conversaciones de carácter sexual, les mostraba sus genitales y realizaba actos sexuales. Durante estas videollamadas, el penado, con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso, solicitaba a las niñas que practicaran determinados actos sexuales frente a la cámara y conseguía que estas accedieran.
La Sala califica estos hechos como constitutivos de delitos de abuso sexual a menor de 16 años, dos de ellos con penetración, y cita jurisprudencia del Tribunal Supremo para argumentar que ‘es posible considerar supuestos en los que, sin contacto físico entre autor y víctima, se ejecuten actos por el menor que atenten a su indemnidad sexual, simultáneos o no a otros ejecutados por el autor, el cual incita, impulsa, guía o condiciona los primeros’. La sentencia fija el máximo de cumplimiento efectivo de la condena en 20 años de prisión.
El condenado quedará inhabilitado para ejercer cualquier profesión u oficio que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un período superior en cinco años al de la pena privativa de libertad.
La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a una pena de prisión de 72 años y medio a un hombre que almacenó y compartió archivos de tipo pedófilo y abusó de varias menores, de las que registró imágenes cuando practicaban diversos actos sexuales que él mismo les había solicitado.
Fuente: El Debate







