El Tribunal Supremo rechaza la querella por acoso pero critica sus comentarios como ‘desafortunados e improcedentes’
El exdirigente de Vox Javier Ortega Smith reprochó a Alba Moreno, entonces directora de Comunicación del grupo municipal en Madrid, que no hubiera asistido a ningún pleno ni visitado a sus compañeros durante su baja por maternidad. Según una grabación aportada en la querella que Moreno presentó contra él, Ortega Smith le dijo: «No has venido a un solo pleno, no has venido a nada», y al recordarle que estaba en permiso parental, respondió: «¿Y qué pasa? ¿Que cuando estás de baja no haces visitas?». Ese mismo día, la destituyó de su cargo.
El Tribunal Supremo ha rechazado la querella por presuntos delitos de acoso laboral y contra la integridad moral, al considerar que los hechos «no alcanzan la gravedad necesaria». Sin embargo, los magistrados calificaron sus comentarios de «desafortunados e improcedentes» y señalaron que podrían reflejar un «comportamiento un tanto machista». Además, advirtieron que los reproches por su ausencia durante la baja podrían tener «relevancia en otros ámbitos» distintos al penal, como una posible discriminación indirecta por razón de sexo, aunque esto excede el procedimiento que debían resolver.
La polémica ha escalado con las críticas de Rocío de Meer, diputada de Vox, que llamó «hijo de puta» a Ortega Smith en redes sociales. También se ha sumado Cristina Seguí, cofundadora del partido y ahora alejada de él, quien escribió: «La lección es: estás dispuesto a hacer el gañán y apretarle de narices a una recién parida por satisfacer a tus amos de un partido político que después te da la patada».
El caso se produce meses después de que Ortega Smith fuera expulsado de Vox tras años de tensiones con la dirección actual. Moreno presentó la denuncia en 2025, cuando aún ocupaba el cargo, y el Supremo ha cerrado el proceso penal, aunque abre la puerta a que se analice en otras vías legales.
Vox enfrenta ahora una crisis interna por este episodio, que se suma a los roces previos entre Ortega Smith y la formación. La resolución judicial subraya que, aunque no hay delito penal, los comentarios del exdirigente podrían ser revisados por su posible impacto en materia laboral o de igualdad.






