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La directiva europea permite el permiso de clase B desde los 17, pero exige acompañante mayor de 24 años hasta cumplir la mayoría de edad

Pere Navarro, director general de Tráfico, ha confirmado que España implementará en 2028 la conducción acompañada desde los 17 años, una medida impuesta por la Directiva (UE) 2025/2205 y que permitirá a los menores aprobar el carnet de clase B antes de cumplir la mayoría de edad. La normativa europea, que ya se aplica en otros países, exige, sin embargo, una supervisión obligatoria hasta los 18 años, con requisitos estrictos para el acompañante.

El cambio, que entrará en vigor el 26 de noviembre de 2028, obligará a los conductores menores de 18 años a viajar siempre con una persona de al menos 24 años que cuente con un permiso de conducción de la categoría correspondiente expedido en la Unión Europea hace más de cinco años. Además, el acompañante no podrá haber sufrido sanciones por privación del derecho a conducir en los últimos cinco años y deberá respetar los límites de alcohol y drogas.

Navarro, en declaraciones a RNE, admitió que la medida no responde a una demanda social clara en España, aunque reconoció que «algunos países lo han hecho y parece que les ha ido bien». La principal novedad respecto al permiso de adulto será la obligatoriedad de un asiento de copiloto ocupado, sin opción a elegir.

El calendario de aplicación distingue entre la reforma general de la directiva —que menciona plazos entre 2028 y 2029— y la medida concreta de conducción acompañada, cuyo plazo concreto está fijado en el artículo 29.3 de la normativa europea. España deberá transponer esta disposición a su ordenamiento jurídico antes de la fecha límite.

¿Qué países ya permiten conducir a los 17 años?

La medida no es pionera en Europa. Países como Alemania, Francia y Italia ya aplican sistemas similares de conducción acompañada desde los 17 años, aunque con variaciones en los requisitos del acompañante. En el caso alemán, por ejemplo, el menor debe cumplir 17 años y contar con un instructor certificado durante al menos dos horas de conducción. Francia exige al acompañante tener al menos 27 años y haber obtenido el carnet hace más de cinco años, mientras que Italia permite la conducción acompañada desde los 16 años en algunos casos.

En España, la reforma no afectará a los actuales permisos de conducción, que seguirán vigentes hasta su caducidad. Sin embargo, los menores que aprueben el examen a partir de 2028 deberán cumplir con las nuevas normas hasta cumplir los 18 años.

¿Qué implicaciones tiene para los jóvenes y las aseguradoras?

La medida podría reducir la edad media de obtención del carnet en España, actualmente situada en 26,5 años, según datos de la DGT de 2025. Sin embargo, la obligatoriedad de un acompañante mayor de 24 años podría limitar su uso en horarios nocturnos o en trayectos largos, donde la disponibilidad de adultos con permiso de conducción sea menor.

Las aseguradoras, por su parte, podrían ajustar sus primas en función de la experiencia del acompañante y del perfil de riesgo del menor. Algunas compañías ya aplican descuentos por conducción acompañada en otros países europeos, aunque en España este sistema aún no está generalizado.

La reforma también plantea preguntas sobre la responsabilidad civil en caso de accidente. Según el artículo 19 de la Ley de Tráfico, el acompañante será responsable solidario con el menor en caso de infracción, aunque la directiva europea no aclara si esta responsabilidad se extiende a daños materiales o solo a lesiones.

Navarro no ha detallado cómo se aplicarán estos controles en la práctica, aunque la DGT ya trabaja en un protocolo para verificar la identidad del acompañante y su cumplimiento de los requisitos. La medida, en cualquier caso, no afectará a los permisos de conducción de motocicletas (A1 y A2), que seguirán regulados por normativas nacionales.

La implementación de esta medida en España podría servir como banco de pruebas para evaluar su impacto en la seguridad vial. Según datos de la DGT, los accidentes de tráfico entre menores de 18 años representan alrededor del 5% del total anual, aunque su tasa de mortalidad por kilómetro recorrido es un 30% superior a la de conductores adultos.

Además, la Directiva permite a los Estados miembros limitar el número de acompañantes por conductor y establecer condiciones adicionales, lo que abre la posibilidad de que España decida restringir la práctica a un solo acompañante por vehículo.

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