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Lun. Sep 21st, 2026
El Supremo paraliza el voto de miles de 'nietos de exiliados' hasta resolver su recurso
La Moncloa - Gobierno de España (Pool Moncloa)
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La Abogacía del Estado recurre la medida y advierte de que la suspensión afecta a cientos de miles sin justificación matemática o democrática

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha paralizado, de forma cautelar, el derecho al voto de todos los ciudadanos que han obtenido la nacionalidad española o están en trámite por ser descendientes de exiliados, conocidos como ‘nietos de exiliados’, según un auto del pasado 8 de septiembre. La medida, que no anula las nacionalidades concedidas, pero sí sus efectos electorales, afecta a las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) vinculadas a la Ley de Memoria Democrática, popularmente llamada ‘ley de nietos’.

La suspensión, vigente hasta que se resuelva el fondo del recurso, exceptúa a quienes ya acrediten ser descendientes directos de exiliados políticos, ideológicos o por orientación sexual, según los registros consulares. Quienes ya figuren inscritos no perderán su nacionalidad, pero sus altas quedarán sin efectos para futuros procesos electorales.

La decisión del Supremo ha generado una respuesta inmediata de la Abogacía del Estado, que considera ‘excesiva’ la medida y ha presentado un recurso en reposición ante la misma Sala. En un escrito al que ha tenido acceso La Vanguardia, los servicios jurídicos del Estado argumentan que el alto tribunal ha ‘entrado a valorar’ sobre la inscripción en el CERA cuando los recursos interpuestos por Iustitia Europa y Vox se centraban en la decisión de la Junta Electoral Central (JEC) de declararse incompetente para revisar las nacionalidades concedidas bajo la ‘ley de nietos’.

La Abogacía del Estado recuerda que la instrucción de 2022 que regula estos casos ‘hace mucho tiempo que es firme’ y que el debate debería limitarse a la decisión de la JEC, no a la inscripción en el censo. Además, cuestiona el presupuesto en el que se basa la Sala: ‘no existe ningún riesgo derivado del crecimiento del CERA’, aseguran, y añaden que, incluso en el caso de que existiera, ‘sería tan ínfimo que no justificaría cercenar los derechos de voto de cientos de miles de personas, piedra angular de la democracia’.

El escrito subraya que ‘nadie puede predecir el sentido del voto de las personas incorporadas al censo’ y que, por pura matemática, ‘no podría alterar el resultado electoral’. La Abogacía del Estado critica que el auto del Supremo ‘excede los límites’ de un incidente cautelar, ya que funda su decisión en un ‘juicio anticipado sobre el fondo del asunto’, vulnerando la prohibición de prejuzgar. Según el texto, la medida ‘priva de objeto útil al proceso principal’ y ‘altera sustancialmente’ la situación existente al tiempo de interponerse el recurso.

La suspensión afecta a las altas en el CERA derivadas de la aplicación de la Ley de Memoria Democrática, que permite acceder a la nacionalidad española a descendientes de españoles exiliados sin necesidad de justificar que sus antepasados fueran exiliados. La resolución del Supremo exceptúa a quienes acrediten ser descendientes directos de exiliados, pero suspende las nuevas inscripciones vinculadas a esta vía.

Quienes ya figuren inscritos en el CERA no perderán su nacionalidad, pero sus altas quedarán sin efectos electorales hasta que se resuelva el fondo del recurso. La medida, por tanto, no anula las nacionalidades concedidas, pero sí su capacidad para votar en procesos electorales.

El contexto legal: la ‘ley de nietos’ y su impacto en el censo electoral

La Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, amplió las vías para obtener la nacionalidad española a descendientes de exiliados republicanos, lo que generó un aumento significativo en las solicitudes de nacionalidad y, por ende, en las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Esta ley, conocida popularmente como ‘ley de nietos’, permite a los descendientes de españoles exiliados por razones políticas, ideológicas o de orientación sexual recuperar la nacionalidad sin necesidad de demostrar que sus antepasados fueran exiliados.

La Junta Electoral Central (JEC) se declaró incompetente para revisar estas nacionalidades, lo que llevó a Iustitia Europa y Vox a interponer recursos contra esta decisión. El Tribunal Supremo, en su auto del 8 de septiembre, decidió paralizar cautelarmente las inscripciones en el CERA vinculadas a esta vía, argumentando que podría alterar el equilibrio electoral. Sin embargo, la Abogacía del Estado considera que esta medida es desproporcionada y que no existe un riesgo real que justifique la suspensión.

La instrucción de 2022 que regula estos casos, según la Abogacía del Estado, ‘es firme’ y no debería ser revisada ahora. El debate, en su opinión, debería centrarse en la decisión de la JEC, no en la inscripción en el censo. Además, el escrito destaca que la suspensión afecta a cientos de miles de personas sin una justificación matemática o democrática clara.

Las implicaciones políticas y democráticas de la medida

La paralización del voto de miles de ciudadanos por su condición de ‘nietos de exiliados’ plantea preguntas sobre el equilibrio entre la memoria histórica y los derechos democráticos. La medida del Supremo, aunque cautelar, podría tener un impacto significativo en las elecciones futuras, especialmente en el extranjero, donde el CERA es clave para la participación política de los españoles residentes.

El Partido Popular (PP) y Vox, que impulsaron los recursos contra la JEC, podrían ver reforzada su postura crítica con la ‘ley de nietos’, argumentando que esta medida beneficia a un colectivo sin un control suficiente. Sin embargo, la Abogacía del Estado, representando al Gobierno, defiende que la suspensión es desproporcionada y que no existe un riesgo real que justifique la restricción del derecho al voto.

Por otro lado, la medida podría generar tensiones con los colectivos de descendientes de exiliados, que ven en la ‘ley de nietos’ una herramienta clave para recuperar su identidad y derechos. La suspensión del voto podría interpretarse como un retroceso en la política de memoria histórica del Gobierno, que ha sido uno de los ejes centrales de su legislatura.

La resolución final del recurso podría tener un impacto significativo en el debate sobre la memoria histórica y los derechos democráticos. Si el Supremo confirma la suspensión, podría abrir la puerta a un debate más amplio sobre los límites de las leyes de memoria y su impacto en la participación política. Si, por el contrario, se anula la medida, se reforzaría la posición del Gobierno en este ámbito.

Mientras tanto, la Abogacía del Estado insiste en que la medida es ‘anticipatoria y satisfacía’, privando de objeto al proceso principal. La suspensión, según el escrito, ‘altera sustancialmente’ la situación existente y ‘imponiendo a la Administración electoral un comportamiento’ que coincide con la pretensión de fondo de los recurrentes.

La decisión final del Supremo podría llegar en las próximas semanas, pero ya ha generado un debate intenso sobre los límites de las medidas cautelares y su impacto en los derechos democráticos.

Sigue la cobertura: El Tribunal Supremo suspende el voto de 500.000 nuevos españoles por la ley de nietos

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