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Lun. Sep 14th, 2026

Madrid exige a la Junta Electoral Central frenar el voto exterior automático en sus elecciones

Madrid exige a la Junta Electoral Central frenar el voto exterior automático en sus elecciones
El Debate
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La Comunidad presenta alegaciones para evitar inscripciones sin acreditar residencia previa en la región, tras el fallo del Supremo sobre la ley de nietos

La Comunidad de Madrid ha presentado este lunes alegaciones ante la Junta Electoral Central para evitar que el censo electoral de residentes ausentes (CERA) incluya automáticamente a personas sin acreditar residencia previa en la región. La medida busca corregir lo que considera un criterio indeterminado de «mayor arraigo», que choca con el Estatuto de Autonomía madrileño.

Según el texto presentado, solo podrán inscribirse en el CERA para las elecciones autonómicas quienes demuestren documentalmente que su ascendiente tuvo su última residencia en un municipio de Madrid. Además, la Comunidad exige que el registro en un municipio de la región no se haga por defecto, sino solo cuando se pueda acreditar un vínculo real.

Esta solicitud llega tras la decisión del Tribunal Supremo de suspender la inscripción automática en el CERA de personas que obtuvieron la nacionalidad por la ley de nietos. El Gobierno regional argumenta que la Junta Electoral Central debe ajustarse al artículo 7.3 del Estatuto de Autonomía, que regula los criterios de residencia para el voto exterior.

El conflicto refleja tensiones entre el Gobierno central y las comunidades autónomas sobre el control de los censos electorales. Mientras el Ejecutivo defiende criterios como el «arraigo», Madrid insiste en que solo deben votar en sus elecciones quienes tengan un vínculo demostrable con la región. La Junta Electoral Central aún no ha respondido a las alegaciones.

En la misma semana, la presidenta autonómica Isabel Díaz Ayuso anunció en el Debate del Estado de la Región que la Comunidad de Madrid solicitará a la Junta Electoral Central que elabore una instrucción específica para los consulados, de modo que estos solo inscriban a los ciudadanos que cumplan con los requisitos de residencia establecidos en el Estatuto. Esta medida se presenta como respuesta directa a la orden del Tribunal Supremo de suspender la inscripción de los beneficiarios de la ley de nietos en el CERA.

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