La Sala de vacaciones deniega la medida cautelarísima solicitada por senadores populares, que exigían la presencia de Interior, Defensa y Exteriores en el Senado antes del 31 de agosto
El Tribunal Supremo ha denegado este sábado la medida cautelarísima presentada por senadores del PP para obligar al Gobierno a garantizar la comparecencia de los ministros de Interior, Defensa y Exteriores en el Senado antes del 31 de agosto, en el marco de la crisis migratoria en Ceuta. La Sala de vacaciones del alto tribunal considera que no existe «urgencia suficiente» para adoptar la decisión sin escuchar antes a la Abogacía del Estado, por lo que tramitará el incidente como un procedimiento cautelar ordinario.
Los senadores populares argumentaban que las incomparecencias de los ministros vulneraban su derecho al control parlamentario, reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución. En su recurso, solicitaban que el Supremo ordenara al Ejecutivo adoptar «las decisiones organizativas necesarias» para asegurar las comparecencias «durante la primera semana útil de agosto» o, en todo caso, antes de que finalizara el período inhábil, que concluye el próximo lunes. Además, pedían que se prohibiera al Gobierno condicionar las convocatorias del Senado a su sustitución por comparecencias en el Congreso.
El auto del Supremo, sin embargo, subraya que «no se justifica suficientemente» que el control parlamentario deba producirse «dentro del período extraordinario del mes de agosto», especialmente cuando solo resta una semana de este mes. La Sala añade que la tramitación ordinaria del incidente cautelar «no se demorará excesivamente» y que, en cualquier caso, «no desaparecerá el interés público» de la cuestión, centrada en la crisis migratoria en Ceuta. Los magistrados destacan que la urgencia alegada por el PP no justifica «sacrificar el derecho de audiencia de la parte contraria», ya que una decisión cautelar de ejecución inmediata podría dejarlo «meramente ilusorio».
La resolución judicial ordena ahora a la Abogacía del Estado que presente sus alegaciones en un plazo de diez días, tras lo cual el tribunal resolverá sobre la medida cautelar en su trámite ordinario. Este proceso se enmarca en un contexto de tensión política por la gestión de la crisis migratoria en Ceuta, donde el Gobierno ha sido criticado por su respuesta a la llegada masiva de migrantes en las últimas semanas. Mientras, el PP ha intensificado su presión parlamentaria, acusando al Ejecutivo de eludir el escrutinio del Senado en un momento clave.
El artículo 23.2 de la Constitución garantiza a los parlamentarios el derecho a ejercer sus funciones representativas, incluyendo el control al Gobierno. Sin embargo, el Supremo recuerda que este derecho no implica que las comparecencias deban producirse en un plazo concreto si no se acredita una «genuina urgencia». La decisión del tribunal refleja, además, la complejidad de equilibrar el control parlamentario con los plazos procesales, especialmente durante el período estival, cuando muchas instituciones reducen su actividad.
La denegación de la medida cautelarísima no cierra la vía para que el PP insista en su petición, pero sí retrasa su resolución. Mientras, los ministros de Interior, Defensa y Exteriores siguen sin comparecer en el Senado, lo que mantiene abierto el conflicto entre el Gobierno y la oposición sobre la transparencia en la gestión de la crisis migratoria.
Fuente: El Mundo
Sigue la cobertura: Sánchez regresa a Moncloa con la crisis de Ceuta sin resolver y 6.000 migrantes varados






