Juan Jesús Vivas fija la cifra de migrantes hasta en 11.000 personas, mientras el Gobierno prioriza la reagrupación de 1.400 menores no acompañados
El presidente de Ceuta, Juan Jesús Vivas, ha reclamado este lunes al Gobierno central la creación de un mando único del Ejecutivo para gestionar la crisis migratoria en la ciudad autónoma y ha propuesto habilitar las instalaciones del antiguo hospital militar como un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de carácter temporal. La propuesta de la administración local busca restringir la libertad de movimiento de los migrantes que acceden de forma irregular a la ciudad autónoma mientras se tramitan y ejecutan expedientes de expulsión, en un contexto en el que el Ejecutivo ceutí sitúa la presencia real de migrantes en una horquilla de entre 8.000 y 11.000 personas, una cifra que equivale a más del 10% de la población empadronada en la localidad fronteriza.
Las estimaciones planteadas por las autoridades locales contrastan significativamente con las cifras manejadas por el Ministerio del Interior, que calcula en 2.500 personas el número de migrantes asentados en la zona. Según las autoridades ceutíes, los grupos de personas instalados en campamentos improvisados en la playa del Trampolín o acumulados junto a las dependencias policiales corresponden en gran medida a quienes accedieron masivamente durante los sucesos de mayo de 2021. Ante la convocatoria de nuevos intentos de cruce masivo por el espigón del Tarayal previstos en redes sociales para mediados de agosto, el presidente autonómico ha calificado la situación de inasumible e inaceptable, solicitando un refuerzo explícito de la seguridad fronteriza para evitar el asentamiento permanente de personas llegadas de forma irregular.
La iniciativa para habilitar un espacio privativo de libertad en dependencias del Ministerio de Defensa pretende alterar la dinámica habitual del Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) de Ceuta. En este recinto, dependiente del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, las personas acogidas gozan de libertad para entrar y salir durante el día a condición de pernoctar en las instalaciones, a la espera de lograr una plaza en alguno de los centros de la Península. El gobierno autonómico sostiene que el traslado progresivo desde el CETI hacia la Península transmite un efecto llamada, por lo que defiende que el confinamiento cautelar en un CIE en la propia ciudad autónoma permitiría ejecutar devoluciones directas hacia los países de origen sin tránsito previo por el territorio peninsular.
La prioridad en la filiación de los menores y el posicionamiento de Rabat
La respuesta institucional del Gobierno de España ha llegado de la mano del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, quien se ha desplazado a la ciudad autónoma para coordinar la actuación con las autoridades locales. El ministro ha situado el foco prioritario del Ejecutivo central en la atención a los menores no acompañados, cuya cifra acogida por los servicios sociales de Ceuta se eleva ya a 1.400 niños y adolescentes. En este ámbito, la estrategia estatal pasa por agilizar el proceso de filiación de los menores que aguardan la identificación por parte de la Policía Nacional antes de proceder a la tramitación de expedientes de reagrupación familiar, relegando a un segundo plano el debate sobre la redistribución obligatoria de menores entre las distintas comunidades autónomas.
La vía de la reagrupación ha encontrado eco formal en las autoridades del Reino de Marruecos. El ministro de Justicia marroquí, Abdellatif Ouahbi, ha manifestado en declaraciones al medio de comunicación Hespress que su país no contempla abandonar a los menores de nacionalidad marroquí y que reclamará su retorno formal por los canales legales y políticos existentes. El titular de Justicia marroquí confirmó haber mantenido una comunicación directa con el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, para coordinar los mecanismos técnicos dirigidos a verificar la identidad de los menores de edad previa a su eventual reagrupación, la cual no implica necesariamente el retorno al país magrebí si se localizan familiares residentes en territorio español, donde la población marroquí constituye el colectivo extranjero más numeroso en comunidades como Andalucía, Cataluña, Baleares o Castilla y León.
El antecedente judicial de las devoluciones de menores de 2021
El recelo de la administración autonómica hacia la viabilidad de la repatriación de menores encuentra su fundamento en las resoluciones judiciales derivadas de la crisis migratoria de mayo de 2021. En aquel episodio, la devolución a Marruecos de más de medio centenar de menores sin la tramitación del expediente administrativo individual exigido por la Ley de Extranjería derivó en la intervención del Tribunal Supremo. El alto tribunal confirmó la ilegalidad de las devoluciones exprés al constatar la ausencia de audiencias individuales con los menores, la falta de informes sobre su situación particular y la omisión de la preceptiva intervención del Ministerio Fiscal durante las repatriaciones ejecutadas bajo la supervisión del Ministerio del Interior.
Las consecuencias penales e administrativas de aquel procedimiento de devolución sin garantías afectaron directamente a los mandos institucionales de la zona. La Audiencia Provincial de Cádiz impuso penas de nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de cargo público tanto a la entonces delegada del Gobierno en Ceuta como a la exvicepresidenta primera del Ejecutivo autonómico. La sentencia dictaminó que ambas autoridades incurrieron en un delito de prevaricación administrativa al acelerar el retorno de los menores siguiendo instrucciones genéricas del Ministerio del Interior, contraviniendo el procedimiento reglado que obliga a incoar un expediente individualizado por cada menor de edad para evaluar el interés superior del niño antes de ordenar su salida del país.
Diferencias operativas entre los centros de estancia temporal y los de internamiento
El marco normativo español establece claras distinciones entre los dos tipos de centros de acogida e internamiento destinados a nacionales de terceros países en situación irregular. Los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) son establecimientos públicos no privativos de libertad, adscritos a la Administración General del Estado, diseñados para prestar asistencia social, sanitaria y de primera acogida. Los residentes en un CETI disponen de libertad de circulación durante el día dentro del municipio y no están sometidos a ningún límite máximo de permanencia en las instalaciones, manteniéndose en dicho régimen mientras no se tramite su traslado a la Península o se modifique su situación jurídica.
Por contra, los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) son establecimientos públicos de carácter no penitenciario, pero de estancia privativa de libertad, cuya custodia y gestión corresponde al Ministerio del Interior. El internamiento en un CIE requiere una autorización judicial motivada en el marco de un expediente de expulsión o devolución y está sujeto a un plazo máximo e improrrogable de 60 días. Si transcurrido dicho periodo de dos meses la administración no logra hacer efectiva la expulsión del migrante debido a la falta de salvoconducto por parte del país de origen o a trabas diplomáticas, la persona retenida debe ser puesta de forma automática en libertad, un aspecto que limita la operatividad de estas instalaciones si no existe una cooperación consular continuada para la repatriación de los internos.
Fuente: La Vanguardia (Política)







