La medida, que entrará en vigor a partir de la medianoche del 8 de agosto, es una respuesta a la decisión de Italia de suspender temporalmente el acuerdo Schengen con España
La medida de suspensión del espacio Schengen por parte de Italia ha generado inseguridad jurídica en plena temporada estival y ha afectado a la movilidad de miles de pasajeros que se dirigían a España para disfrutar de sus vacaciones.
El acuerdo Schengen permite la libre circulación entre fronteras de los países que lo han suscrito, y su suspensión temporal ha generado una serie de complicaciones para los viajeros que se ven obligados a realizar trámites adicionales y a esperar largas horas en las fronteras.
En este contexto, la decisión del Gobierno español de imponer controles fronterizos a los viajeros procedentes de Italia se ajusta a la normativa vigente en materia de control de fronteras y seguridad nacional. De acuerdo con el artículo 149.1.9 de la Constitución española, el Estado tiene competencia exclusiva en materia de fronteras y seguridad nacional.
Además, el Real Decreto 239/2019, de 5 de marzo, por el que se regula el control de identidad y nacionalidad de los viajeros en las fronteras terrestres, marítimas y aéreas, establece que los controles fronterizos deben ser realizados de manera aleatoria y que los viajeros deben presentar su pasaporte y, en caso de ser necesario, su visa o permiso de residencia.
Fuente: El Debate (España)
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